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Código Fiscal Artículo 101 Estado de Colima


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Código Fiscal Colima
Artículo 101.

La pena que corresponde al delito de defraudación se impondrá también a quien:

I.- Mediante la simulación de actos jurídicos omita total o parcialmente el pago de las contribuciones a su cargo;

II.- Consigne en las declaraciones que presente para fines fiscales, ingresos o utilidades menores que los realmente obtenidos o deducciones falsas;

III.- Proporcione con falsedad a las autoridades fiscales que lo requieran, los datos que obren en su poder y que sean necesarios para determinar los ingresos gravables o las contribuciones que se causen;

IV.- Oculte a las autoridades fiscales, total o parcialmente, la información necesaria para determinar el monto de las contribuciones causadas;

V.- No expida los documentos con los requisitos establecidos por las disposiciones legales para acreditar el pago de alguna contribución;

VI.- Trafique con productos sin llenar los requisitos de control a que obliguen las disposiciones fiscales;

VII.- No entere a las autoridades fiscales dentro del plazo que se le fije en el requerimiento respectivo, las cantidades que haya retenido o recaudado de los contribuyentes por concepto de contribuciones;

VIII.- Para registrar sus operaciones contables, fiscales o sociales lleve dos o más libros similares con distintos asientos o datos;

IX.- Destruya, ordene o permita la destrucción total o parcial de los libros de contabilidad que prevengan las leyes aplicables; y

X.- Sustituya o cambie las páginas foliadas de los libros a que se refiere la fracción anterior.



Estado de Colima Artículo 101 Código Fiscal
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


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