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Código Fiscal Artículo 33 bis Estado de Nuevo León


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/09/2024

Código Fiscal Nuevo León
Artículo 33 bis.

La Administración Pública Estatal, Central y Paraestatal, en ningún caso contratará adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con proveedores que:

I.Tengan a su cargo créditos fiscales firmes, determinados, que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por este Código.

II. No se encuentren inscritos en el Registro Estatal o Federal de Contribuyentes, según se trate de impuestos estatales o federales, respectivamente.

III. Habiendo vencido el plazo para presentar alguna declaración, provisional o no, y con independencia de que en la misma resulte o no cantidad a pagar, ésta no haya sido presentada.

La prohibición establecida en este dispositivo no será aplicable a quienes se encuentren en el supuesto de la fracción I de este Artículo, siempre que se obtenga la autorización de las autoridades fiscales en los términos que este Código establece para cubrir los pagos a plazo, ya sea diferidos o en parcialidades.

Quienes se ubiquen en los supuestos de las fracciones II y III de este Artículo contarán, previo a su contratación, con un plazo de quince días para corregir su situación fiscal, a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos las notificación que realice la autoridad respecto da la irregularidad detectada.

Para estos efectos, en los contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública se establecerá cláusula de retención, respecto de las contraprestaciones a favor de los contratistas o proveedores, a efecto de garantizar el pago de las contribuciones omitidas



Estado de Nuevo León Artículo 33 bis Código Fiscal
Artículo 1 ...32 33 33 bis 34 35 ...192

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Tienes que requerir a la empresa por medio del juzgado, primero pide que expidan los recibos de nómina dentro del expediente para que así puedan requerir a la empresa para que te depositen en tiempo, saludos


Tengo pension compesacion pero el abogado de la empresa donde trabaja el ex,pareja.. los cheques de lo antes mencionados me los entregraban depues de la quincena practicamente una semana despues .. que puedo hacer


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