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Código Municipal Artículo 134 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Municipal Coahuila
Artículo 134.

Para ser Contralor Municipal se requiere:

I. Ser ciudadano del Estado en pleno uso de sus derechos.

II. Tener los conocimientos suficientes para poder desempeñar el cargo a juicio del Ayuntamiento; ser profesionista de las áreas contables, económicas o administrativas, con experiencia mínima de dos años.

III. No haber sido inhabilitado para desempeñar empleo, cargo o comisión, ni condenado en proceso penal cuya pena sea privativa de libertad, por delito intencional.

IV. Cumplir con los demás requisitos que le señalen las leyes, o acuerde el Ayuntamiento.



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 134 Código Municipal
Artículo 1 ...132 133 134 134 A 134 B ...406

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