Código Municipal Artículo 316 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código Municipal
Artículo 316.
Son factores escalafonarios los siguientes:
I. Los conocimientos.
II. La aptitud.
III. La antigüedad.
IV. La disciplina, puntualidad y el cumplimiento eficiente de las obligaciones inherentes al cargo.
En caso de que existan dos o más trabajadores en igualdad de condiciones para ocupar la plaza convocada, se preferirá a quien tenga mayores cargas familiares o de acuerdo a sus circunstancias familiares.
Para los efectos de este artículo se entiende por:
a). Conocimientos. la posesión de los principios teóricos y prácticos que se requieren para el desempeño de una plaza y su función.
b). Aptitud. La suma de facultades físicas y mentales, la iniciativa, laboriosidad y eficiencia para llevar a cabo una actividad determinada.
c). Antigüedad. Es el tiempo de servicios prestados a la entidad pública municipal correspondiente.
d). Disciplina. La conducta asumida para el cumplimiento del servicio; y puntualidad, la asistencia al centro de trabajo en los días y horas establecidos.
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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