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Código Municipal Artículo 152 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Municipal Tamaulipas
Artículo 152.

Las actividades de programación, presupuestación, control y evaluación del desempeño en el ejercicio del gasto público municipal estarán a cargo del Ayuntamiento, quien dictará las disposiciones procedentes para el eficaz cumplimiento de sus funciones.

La evaluación a los procesos que hace referencia el párrafo anterior, será sin menoscabo de la revisión que realice la Auditoría Superior del Estado.



Estado de Tamaulipas Artículo 152 Código Municipal
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