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Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares Artículo 1155 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares Federal
Artículo 1155.

La solicitud de restitución deberá contener al menos lo siguiente:

I.Nombre y datos generales de la niña, niño o adolescente;

II.Nombre y datos del solicitante y el carácter con el que promueve respecto a la niña, niño o adolescente;

III.Antecedentes y los hechos relativos al traslado o sustracción;

IV.El nombre de la persona que se presume retuvo o traslado ilícitamente y el domicilio o ubicación donde se presume que se encuentra la niña, niño o adolescente, y

V.Cualquier información que sea necesaria o pertinente para su localización.

Federal de México Artículo 1155 Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


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