Código Penal Artículo 170 Estado de Campeche
Código Penal Campeche
Artículo 170.
En todos los casos del presente Título, además de la sanción señalada para cada uno de los tipos penales, se aplicará un tratamiento psicológico o psiquiátrico al sujeto activo del delito y tendrá la duración que la autoridad jurisdiccional competente disponga, sin exceder el tiempo de la sanción de prisión y sin perjuicio de la aplicación de otros tratamientos
Estado de Campeche Artículo 170 Código Penal
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Alejandro Ritch
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
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