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Código Penal Artículo 364 Ciudad de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2025

Código Penal
Artículo 364.

Se impondrá prisión de seis meses a siete años a los que, para conseguir que se les reconozca o conceda algún derecho, en forma tumultuaria:

I. Amenacen a la autoridad para obligarla a tomar alguna determinación; o

II. Por medio de violencia en las personas o sobre las cosas, perturben el orden público.



Ciudad de México Artículo 364 Código Penal
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