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Código Penal Artículo 389 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/09/2025

Código Penal
Artículo 389. SANCIÓN Y FIGURA TÍPICA DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD CON FINES SEXUALES

Al que prive a otro de su libertad, con el propósito de realizar un acto sexual, se le impondrá de uno a siete años de prisión y multa. 



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 389 Código Penal
Artículo 1 ...388 388 bis 389 390 391 ...445

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quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69


Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?


Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes


Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de  2025, que ha sustituido a la anterior.


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