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Código Penal Artículo 300 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código Penal Michoacán
Artículo 300. Falsificación agravada

Las penas previstas en el artículo anterior se incrementarán hasta en una mitad, cuando:

I. El delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones, en cuyo caso se impondrá a éste, además, destitución e inhabilitación para ocupar otro empleo, cargo o comisión públicos de uno a cinco años;

II. La falsificación sirva como medio para el comercio de vehículos robados o de sus partes o componentes; y,

III. La cometa un Notario, Corredor Público o quien teniendo la atribución de fe pública falsifique instrumentos o documentos, dando cuenta de actos inexistentes.



Estado de Michoacán Artículo 300 Código Penal
Artículo 1 ...298 299 300 301 301 bis ...316

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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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