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Código Penal Artículo 262 Estado de Nayarit


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2025

Código Penal
Artículo 262.

Las disposiciones de los artículos anteriores se aplicarán, en lo conducente, a todos los funcionarios o empleados de la administración pública cuando, en el ejercicio de su cargo o comisión, ejecuten los hechos o incurran en las omisiones que expresan los propios artículos.



Estado de Nayarit Artículo 262 Código Penal
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