Código Penal Artículo 307 Estado de Nayarit
Código Penal Nayarit
Artículo 307.
A quien, con el propósito de eludir, evitar o suspender el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias decretadas previamente por autoridad judicial, se coloque en estado de insolvencia, ya sea renunciando o abandonando su trabajo, solicitando licencia sin goce de sueldo, dilapidando sus bienes o simulando actos jurídicos para tal efecto, se le impondrá de cuatro a ocho años de prisión y multa de treinta a trescientos días.
Estado de Nayarit Artículo 307 Código Penal
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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