Imprimir

Código Penal Artículo 263 Estado de Querétaro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Penal Querétaro
Artículo 263.

Se impondrá prisión de 6 meses a 3 años y de 30 a 180 días multa, al servidor público que indebidamente:

I.Otorgue concesiones de prestación de servicio público  o  de  explotación, aprovechamiento y uso de bienes del dominio del Estado o Municipios;

II.Otorgue permisos, licencias o autorizaciones de contenido económico;

III.Otorgue  franquicias,  exenciones,  deducciones  o  subsidios  sobre   impuestos, derechos, productos,  aprovechamientos  o  aportaciones  y  cuotas  de  seguridad social, en general sobre los ingresos fiscales y sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos o prestados en la administración pública estatal o municipal;

IV.Realice o contrate obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes  y servicios, o colocaciones de fondos y valores con recursos económicos públicos;

V.Dé, a sabiendas, una  aplicación  pública  distinta  de  aquélla  a  que  estuvieron destinados los fondos públicos que tuviere a su cargo o hiciere un pago ilegal;

VI.En el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, otorgue empleo, cargo o comisión públicos o contratos de prestación de servicios profesionales, mercantiles

o de cualquier otra naturaleza que sean remunerados, a sabiendas de que no se prestará el servicio o no se cumplirá el contrato otorgado;

VII.VII. Autorice o contrate a quien se encuentre inhabilitado por resolución firme de autoridad competente para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, siempre que lo haga con conocimiento de tal situación;

VIII.Otorgue un nombramiento o de cualquier  modo  autorice  a  alguien  para  el desempeño de un empleo, cargo o comisión sin que el designado satisfaga los requisitos exigidos por la Ley.

IX.Otorgue cualquier identificación en que se acredite como servidor público a quien realmente no desempeñe el empleo, cargo o comisión a que se haga referencia en aquélla, o

X.Ejerza  algún  otro  empleo,  cargo  o  comisión  oficial   o   particular,   teniendo impedimento legal para hacerlo.

XI.Apruebe, autorice o permita cambios de uso de suelo contrarios a las normas urbanísticas, ambientales y a los planes  y  programas  de  desarrollo  urbano respectivos,  que  afecten  áreas  protegidas  o  de  preservación  ecológica  en  los términos de la legislación ambiental;

Cuando el monto del producto del delito o de los daños o perjuicios causados exceda de mil veces el salario, la sanción será de tres a nueve años de prisión y de 180 a 500 días multa.



Estado de Querétaro Artículo 263 Código Penal
Artículo 1 ...261 262 263 264 265 ...324

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse