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Código Procesal Administrativo Artículo 171 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/02/2025

Código Procesal Administrativo San Luis Potosí
Artículo 171.

El acto administrativo válido será eficaz, ejecutivo y exigible:

I.A partir de que surta efectos la notificación leg almente efectuada;

II.A partir de que se configure en el caso de ser negativa ficta, y

III.Cuando se trate de un acto administrativo publicado en un medio de difusión oficial, se estará a la fecha señalada para iniciar su vigencia.

Se exceptúa de lo dispuesto en las fracciones anteriores, el acto administrativo por el c ual se otorgue un beneficio al particular, caso en el cual su cumplimiento será exigible por éste desde la fecha en que se dictó o aquella que teng a señalada para iniciar su vigencia.

L os actos en virtud de los c u ales s e realicen acto s de i nspe cción , inve sti gaci ón o vigilancia co nforme a las dispo siciones de éste Código u otras leyes, serán exigibles desde que los expida la dependencia o entidad de que se trate.

 



Estado de San Luis Potosí Artículo 171 Código Procesal Administrativo
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En principio para poder presentar una denuncia, tendrías que configurar el Dolo, es decir que el dinero te lo solicito con el fin de ocasionarte un perjuicio o detrimento, sin embargo, es complicado, porque hay un contrato, si no se cumplió deberías de iniciar un procedimiento civil de incumplimiento de contrato, considero que si vas por la via penal solo perderás dinero.


Buenas tardes, si un condomino deja de pagar sus cuotas de mantenimiento por varios años y se le restringen los servicios tales como agua, luz, uso de areas comunes, etc. pero despues quiere ponerse al corriente pagando unicamente los ultimos 5 años, es legal?


hola tengo una duda, yo como agraviada de abuso de confianza puedo pedir asesor jurídico gratis en la fiscalía que lleva mi caso y un psicólogo?? ya que todo este tema me está afectando mucho emocionalmente y en mi salud. Porque pedí que me atendiera un psicólogo y me lo negaron.


Se tiene que presentar el procedimiento civil de "rescision de contrato" ante un juez civil y a la par de este, un acta por el delito de abuso de confianza.

Lic. Christian Maya y yo le puedo ayudar a recuperar su dinero


Hola, buen día!

Puedo levantar una denuncia por $190,000 que presté con fines de inversión? Tengo un "contrato" firmado por la persona a quien le deposité el dinero quien además era mi amigo. Dentro de las cláusulas del contrato vienen estipuladas las penalizaciones. Yo soy de CDMX y la persona que abusó de mi confianza se llama Juan Jesus González Ávila y actualmente recide en Mérida, Yucatán.


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