Código Procesal Administrativo Artículo 265 Estado de San Luis Potosí
Código Procesal Administrativo San Luis Potosí
Artículo 265.
La suspensión otorgada conforme al artículo anterior, quedará sin efecto si el tercero da a su vez caución bastante para restituir las c osas al estado que gu ardaban antes de la violac ión, y pagar los daños y perj uic ios qu e sobrevengan al actor, en el caso de que éste último obtenga sentencia favorable.
Para que surta efecto la caución que ofrezca el tercero conforme al párrafo anterior, deberá cubrir previamente el costo de la que hubiese otorgado el actor.
No se admitirá la c ontragarantía si de ej ec utarse el ac to impugnado o de no concederse la medida cautelar positiva queda sin materia el juicio o cuando resulte en extremo difícil restituir las cosas al estado que guardaban antes del inicio del juicio, lo cual deberá ser motivado por el Magistrado
Estado de San Luis Potosí Artículo 265 Código Procesal Administrativo
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Salve
Come beneficiare di una Sovvenzione Non Rimborsabile da parte di Comitato Italiano per l'UNICEF Fondazione ETS…
Si tratta di una Sovvenzione Non Rimborsabile di una somma di 5.000,00 euro (€), per chi ha un progetto personale o professionale e per le persone in difficoltà finanziaria.
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Cordiali saluti
Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla
Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue cel . 5518163525
Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
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