Código Procesal Administrativo Artículo 272 Estado de San Luis Potosí
Código Procesal Administrativo San Luis Potosí
Artículo 272.
Cuando la demandante sea una autoridad, el particular demandado, al contestar la demanda, tendrá derecho a ejercer su opción para que el juicio se tramite y resuelva en línea c on f o r me a las d is p o s ic io n es d e es t e Cap ít ulo , s eñaland o p ar a ello s u d om ic ilio y d irec c ió n d e c o rr eo electronico
A fin de emplazar al particular demandado, el secretario de acuerdos que corresponda, imprimirá y certificará la demanda y sus anexos que se notificarán de manera personal.
Si el particular rechaza tramitar el juicio en línea contestará la demanda mediante el Juicio en la vía tradicional.
Estado de San Luis Potosí Artículo 272 Código Procesal Administrativo
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Código Civil Quintana Roo Artículo 1899. Código de Procedimientos Civiles Yucatán Artículo 191.Recomendados
Código Civil Tabasco Artículo 2337. Prescripción de acción Código Procesal Civil Coahuila Artículo 782. Comparecencia tardía del rebelde Constitución Chihuahua Artículo 174. Código de Procedimientos Penales Ciudad de México Artículo 531. Código Civil Morelos Artículo 1781. RESCISION DEL CONTRATO POR FALTA DE PAGOPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios