Imprimir

Código Procesal Administrativo Artículo 36 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/05/2024

Código Procesal Administrativo San Luis Potosí
Artículo 36.

La parte afectada por una notificación irregular podrá pedir que se declare la nulidad de la misma, en los términos previstos por los artículos, 122 fracción III, y 131 de este Código, ofreciendo las pruebas pertinentes en el mismo escrito en que se promueva la nulidad.

Admitida la promoción, se dará vista a las partes por tres días para que expongan lo que a su derecho convenga y ofrezcan las pruebas de su interés; transcurrido dicho plazo se dictará acuerdo ordenando el desah ogo de las pruebas ad mitidas que así lo ameriten, lo cual deberá efectuarse en un término que no exceda de cinco días hábiles. Transcurrido éste, se pronunciará la resolución correspondiente.

Si se declara la nulidad, se ordenará reponer el procedimiento desde la notificación anulada y se sancionará al notificador o al actuario en los términos que señale la norma respectiva.



Estado de San Luis Potosí Artículo 36 Código Procesal Administrativo
Artículo 1 ...34 35 36 37 38 ...294

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Salve 

Come beneficiare di una Sovvenzione Non Rimborsabile da parte di Comitato Italiano per l'UNICEF Fondazione ETS…

Si tratta di una Sovvenzione Non Rimborsabile di una somma di 5.000,00 euro (€), per chi ha un progetto personale o professionale e per le persone in difficoltà finanziaria.

 

L'obiettivo comune è incoraggiare e sostenere le persone in difficoltà finanziaria e contribuire alla realizzazione di progetti di interesse generale, siano essi pubblici (Stato, enti locali) o privati (Fondazioni, Associazioni).

Per ulteriori informazioni, contattaci :

  ✅ E-mail : [email protected]

?INDIRIZZO: VIA PALESTRO 68,

00185 ROMA

Cordiali saluti


Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla


Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue cel . 5518163525


Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?


buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse