Imprimir

Constitución Artículo 151 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Constitución Tamaulipas
Artículo 151.

Podrán ser sujetos de juicio político los Diputados al Congreso del Estado, los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia y del Tribunal Electoral del Estado, los Consejeros de la Judicatura, los Jueces, los Secretarios del Ejecutivo, el Procurador General de Justicia, el Consejero Presidente y los Consejeros Electorales del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, el titular de la presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas, los Comisionados del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipas, los titulares de los organismos descentralizados, empresas de participación estatal y fideicomisos públicos y los integrantes de los Ayuntamientos.

Asimismo, el Gobernador del Estado, los Diputados al Congreso local, los Magistrados del Poder Judicial y los miembros del Consejo de la Judicatura podrán ser sujetos de juicio político, en los términos del artículo 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.

Para la aplicación de las sanciones a que se refiere este precepto, el Congreso, previa declaración de las dos terceras partes de sus integrantes, procederá a la acusación respectiva ante el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.

Conociendo la acusación el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia, erigido en Jurado de Sentencia, aplicará, en su caso, la sanción correspondiente mediante resolución de las dos terceras partes de sus integrantes, una vez practicadas las diligencias correspondientes y con la audiencia del acusado.

Las declaraciones y resoluciones del Congreso y del Supremo Tribunal de Justicia son inatacables.



Estado de Tamaulipas Artículo 151 Constitución
Artículo 1 ...149 150 151 152 153 ...167

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse