Constitución Artículo 45 Estado de Tamaulipas
Constitución Tamaulipas
Artículo 45.
El Congreso, en ambos periodos de sesiones, se ocupará del estudio, discusión y votación de las iniciativas de ley, decreto y acuerdo que se le presenten, y de la resolución de los asuntos que le corresponden conforme a la Constitución y a las leyes.
En el desahogo de las atribuciones deliberativas, legislativas y de revisión de los resultados de la gestión pública, el Congreso alentará criterios de planeación para su ejercicio.
En su oportunidad revisará y calificará la Cuenta Pública del Gobierno del Estado de Tamaulipas y laCuenta Pública de cada uno de los Ayuntamientos de los Municipios del Estado, que le deberán serremitidas, declarando si las cantidades percibidas y las gastadas se adecuan a las partidas respectivas delpresupuesto de egresos, si se actuó de conformidad con las leyes de la materia, si los gastos estánjustificados y si, en su caso, hay lugar a exigir alguna responsabilidad. Los poderes del Estado, losAyuntamientos, los órganos con autonomía de los poderes, las entidades estatales y municipales, y todoente que reciba recursos públicos, deberán administrar y ejercer dichos recursos, bajo los principios delegalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control yrendición de cuentas, para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
En el caso de las cuentas del Poder Ejecutivo y de los Ayuntamientos, deberá revisarse la recaudación y analizarse si fueron percibidos los recursos del caso en cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.
Los poderes del Estado, los Ayuntamientos, los órganos con autonomía de los poderes, las entidades estatales o municipales y todo ente público que maneje o administre fondos públicos, elaborarán y presentarán la información que se incorporará a la Cuenta Pública correspondiente, en términos de esta Constitución y de la ley de la materia.
Estado de Tamaulipas Artículo 45 Constitución
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Buenos días. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo
Perda alguien me puede explicar esta fraccion V artículo 293.Cuando teniendo a su cargo caudales del erario les dé una aplicación pública distinta a aquella a que estuvieren destinado, o hiciere un pago ilegal
Ya se modifco este articulo: Artículo 78.- Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera. Artículo reformado DOF 27-12-2022
Saben si ya autorizaron la reforma al articulo 141 del ISSSTE, en donde aunque EL TRABAJADOR no haya elegido Régimen o sea décimo transitorio..... si podrá hacer portabilidad de sus años y/o semanas trabajadas y pasarlas al IMSS??
Mejor asesórate, si la deuda ya tiene más de 15 años es posible que ya haya prescrito, pero si tú la reconoces, como al hacer un nuevo acuerdo de pago, te la van a cobrar.
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