Ley Agraria Artículo 35 Federal de México
Ley Agraria Federal
Artículo 35.
El consejo de vigilancia estará constituido por un Presidente y dos Secretarios, propietarios y sus respectivos suplentes y operará conforme a sus facultades y de acuerdo con el reglamento interno; si éste nada dispone, se entenderá que sus integrantes funcionarán conjuntamente.
Federal de México Artículo 35 Ley Agraria
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Estoy posesionado en un terreno ejidal desde 1988 con anuencia del ejido y ademas tengo reconocimiento
Amplio de mi posesión, firmado y sellado por el presidente , secretario y tesorero el día 19 de julio del 2001.
Que hago para tener en titulo que me de seguridad en dicho lote pues lo tome en posesión pacifica y con permiso de el ejido para poner un taller de mecánica industrial y formar un patrimonio para mi familia, tengo 32 años trabajando en el sin faltar ni un día. E soportado las crisis de los 80as, a la fecha. Ya cumplo 69 años de vida y me preocupa que no he podido regularizar dicho lote. Me urge., gracias, muchas gracias. 03/05/2020
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios