Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar Artículo 63 México
Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Artículo 63.
Cuando sea aplicable el sistema referido en el Artículo 62 de esta Ley, los Ingenios pagarán la caña recibida de la siguiente manera:
I.Una preliquidación equivalente al 85% del azúcar recuperable base estándar determinado, que deberá pagar al precio vigente el día quince de cada mes cuando la terminación del corte de caña por Contrato sea en la segunda quincena del mes anterior y el último día del mes cuando la terminación del corte sea en la primera quincena del mismo, debiendo descontarse sus obligaciones crediticias y aportaciones que correspondan con vencimiento en la zafra de que se trate, y
II.Una liquidación final equivalente al 15% del azúcar recuperable base estándar cuyo monto deberá pagarse en un plazo no mayor de treinta días naturales al precio vigente a partir de la terminación de la zafra, debiendo descontarse las obligaciones crediticias y aportaciones que correspondan que no se hubieren descontado durante la preliquidación.
México Artículo 63 Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
Recomendados
Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar Artículo 36. Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar Federal Artículo 65. Codigo Civil Baja California Sur Artículo 1276. Código Civil Quintana Roo Artículo 1978. Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar Artículo 61.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios