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Ley de fomento a la industria vitivinícola Artículo 21 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley de fomento a la industria vitivinícola Federal
Artículo 21.

La Secretaría de Economía en coordinación con la Comisión apoyará al Sector a:

I.Realizar campañas de promoción del Vino Mexicano, asegurándose que las marcas participantes en estas campañas estén debidamente certificadas conforme lo establezcan las normas oficiales mexicanas aplicables al Vino;

II.Difundir las normas oficiales mexicanas en donde se establezcan las características y especificaciones necesarias que deberán cumplir la elaboración de productos vitivinícolas para su comercialización;

III.Incentivar en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la incorporación de los productores mexicanos, al padrón nacional de exportadores, conforme a los lineamientos legales vigentes;

IV.Difundir las políticas de exportación para potenciar la penetración del Vino Mexicano en otros mercados, y

V.El acceso a los programas federales en relación a los apoyos vitivinícolas.

Federal de México Artículo 21 Ley de fomento a la industria vitivinícola
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