Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural Artículo 53
Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
Artículo 53.
La Secretaría, escuchando previamente al Organismo Integrador de que se trate y la opinión de la Comisión, podrá a su juicio revocar el registro que le hubiese otorgado para ejercer las funciones establecidas en esta Ley, en los casos siguientes:I. Si no inicia operaciones dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la fecha del otorgamiento del registro;
II.Si no cumple diligentemente las funciones previstas en esta Ley;
III.Si efectúa operaciones en contravención a lo dispuesto por esta Ley o por las disposiciones que de ella emanen, o si sus actividades se apartan de las sanas prácticas, o si abandona o suspende sus actividades;
IV.Si a pesar de las observaciones de la Secretaría, reiteradamente incumple con las actividades que le establece esta Ley;
V.Si no proporcionan a la Secretaría la información requerida, o bien presenta de manera dolosa, información falsa o incompleta, que no permita conocer su situación real, o la de sus afiliados;
VI.Si se manejan de manera irregular, en su caso, los recursos que integran el Fondo de Protección y el Fondo de Retención Común de Riesgos;
VII.Si obra sin autorización de la Secretaría, en los casos en que la Ley así lo exija, o
VIII.Si se disuelve, liquida o quiebra.
Artículo 53 Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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