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Ley de la Policía Federal Artículo 17 México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/05/2026

Ley de la Policía Federal
Artículo 17.

Para ingresar o permanecer en la Policía Federal se requiere:

A.Para el ingreso:

I. Ser ciudadano mexicano [por nacimiento] en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles, [sin tener otra nacionalidad];



II. Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal;

III. Acreditar que ha concluido, al menos, los estudios siguientes:

a) En el caso de aspirantes a las áreas de investigación, enseñanza superior o equivalente;

b) Tratándose de aspirantes a las áreas de prevención, enseñanza media superior o equivalente, y

c) En caso de aspirantes a las áreas de reacción, los estudios correspondientes a la enseñanza media básica.

IV. Aprobar el concurso de ingreso y los cursos de formación;

V. Contar con los requisitos de edad y el perfil físico, médico y de personalidad que exijan las disposiciones aplicables;

VI. Aprobar los procesos de evaluación de control de confianza;

VII. Abstenerse de consumir sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;

VIII. No padecer alcoholismo;

IX. Someterse a exámenes para comprobar la ausencia de alcoholismo o el no uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;

X. No estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme como servidor público;

XI. Cumplir con los deberes establecidos en esta ley, y demás disposiciones que deriven de ésta;

XII. Los demás que establezcan otras disposiciones legales aplicables.

B.Para la Permanencia:

I. Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso;

II. Mantener actualizado su Certificado Único Policial;

III. No superar la edad máxima de retiro que establezca el reglamento de la Ley, salvo lo previsto en el artículo 21;

IV. Acreditar que ha concluido, al menos, los estudios siguientes:

a) En el caso de integrantes de las áreas de investigación, enseñanza superior, equivalente u homologación por desempeño, a partir de bachillerato;

b) Tratándose de integrantes de las áreas de prevención, enseñanza media superior o equivalente, y

c) En caso de integrantes de las áreas de reacción, los estudios correspondientes a la enseñanza media básica.

V. Aprobar los cursos de formación, capacitación y profesionalización;

VI. Aprobar los procesos de evaluación de control de confianza;

VII. Aprobar las evaluaciones del desempeño;

VIII. Participar en los procesos de promoción o ascenso que se convoquen, conforme a las disposiciones aplicables;

IX. Abstenerse de consumir sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;

X. No padecer alcoholismo;

XI. Someterse a exámenes para comprobar la ausencia de alcoholismo o el no uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;

XII. No estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme como servidor público;

XIII. No ausentarse del servicio sin causa justificada, por un periodo de tres días consecutivos o de cinco días dentro de un término de treinta días;

XIV. Abstenerse de incurrir en cualquier acto u omisión que afecte la prestación del servicio;

XV. No incurrir en actos u omisiones que causen la pérdida de confianza, y

XVI. Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.

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como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


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