Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro Artículo 50 Federal de México
Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro Federal
Artículo 50.
Para ser consejero independiente o contralor normativo, se deberá cumplir, cuando menos, con los siguientes requisitos:I. Ser persona de reconocido prestigio en materia financiera, económica, jurídica o de seguridad social y experiencia profesional previa en la materia de cuando menos cinco años;
II. Acreditar ante la Comisión solvencia moral, así como capacidad técnica y administrativa;
III. No ser cónyuge o tener relación de parentesco por afinidad, civil o consanguíneo dentro del segundo grado o algún vínculo laboral con los accionistas de control o principales funcionarios de las administradoras.
Asimismo, no deberá ser accionista o empleado de ninguna de las empresas del grupo financiero o corporativo al que pertenezca el accionista de control mayoritario de la administradora en que preste sus servicios.
La limitación consistente en no ser accionista de las empresas antes mencionadas no será aplicable tratándose de las sociedades de inversión en las que participe como trabajador;
IV. No prestar servicios personales a los institutos de seguridad social o habérselos prestado durante los doce meses anteriores a su contratación;
V. Residir en territorio nacional; y
VI. Contar con aprobación del Comité Consultivo y de Vigilancia de la Comisión.
Los consejeros independientes y contralores normativos no podrán ejercer simultáneamente su función en más de una administradora.
Federal de México Artículo 50 Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
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jose
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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