Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles Artículo 36 Federal de México
Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles Federal
Artículo 36.
La Condecoración "Miguel Hidalgo" constará de cuatro grados y las siguientes preseas:I.- Collar:
a) Por actos heroicos de difícil repetición, si quien los lleva a cabo ha observado conducta ejemplar;
b) Por servicios prestados a la Patria o a la Humanidad, cuando sean de trascendencia extraordinariamente benéfica.
II.- Cruz:
a) Por méritos eminentes;
b) Por conducta destacadamente ejemplar;
c) Por los casos previstos en la fracción anterior, cuando no alcancen las características en ella previstas, siempre que tengan suficiente relevancia.
III.- Banda
a) Por méritos distinguidos;
b) Por conducta cuya ejemplaridad convenga hacerla del conocimiento público.
IV.- Placa:
a) Por méritos que no alcancen la relevancia prevista en las fracciones anteriores.
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco Artículo 317. Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco Artículo 311. Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco Artículo 488. Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco Artículo 429. Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco Artículo 214.Publique la información de sí mismo
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