Ley de Protección al Ahorro Bancario Federal de México
Ley de Protección al Ahorro Bancario Federal de México
- Artículo 1o. La presente Ley tiene por objeto establecer un sistema de protección al...
- Artículo 2o. El sistema de protección al ahorro bancario será administrado por un...
- Artículo 3o. La constitución, funcionamiento, operación, control y evaluación del...
- Artículo 4o. Cuando en esta Ley se imponga la obligación al Instituto para la Protección...
- Artículo 5o. Para efectos de esta Ley se entenderá por: I. Instituto, al...
- Artículo 6o. Para los efectos de esta Ley, se considerarán obligaciones garantizadas los...
- Artículo 7o. Se deroga.
- Artículo 8o. Se deroga
- Artículo 9o. Se deroga
- Artículo 10o. El Instituto no garantizará las operaciones siguientes: I.Las...
- Artículo 11. El Instituto pagará el saldo de las obligaciones garantizadas, considerando...
- Artículo 12. Se deroga
- Artículo 13. Se deroga
- Artículo 14. Se deroga
- Artículo 15. Se deroga.
- Artículo 16. Se deroga
- Artículo 17. Por el solo pago de las obligaciones garantizadas, el Instituto se subrogará...
- Artículo 18. El monto excedente de las obligaciones garantizadas a cargo de la Institución...
- Artículo 19. Si alguna persona no está de acuerdo en recibir del Instituto el monto...
- Artículo 20. A fin de cumplir con el objeto de la presente Ley, las Instituciones estarán...
- Artículo 21. La Junta de Gobierno podrá establecer cuotas ordinarias diferentes para las...
- Artículo 22. Las cuotas ordinarias no podrán ser menores del 4 al millar, sobre el importe...
- Artículo 23. Cuando por las condiciones del Sistema Bancario Mexicano el Instituto no...
- Artículo 24. El Banco de México cargará mensualmente a las cuentas que lleva a las...
- Artículo 25. Los recursos a que se refiere el artículo anterior, deberán invertirse, en...
- Artículo 26. El Instituto publicará trimestralmente el monto de los pagos efectuados por...
- Artículo 27. Las cuotas a favor del Instituto no tendrán carácter fiscal,...
- Artículo 28. Se deroga.
- Artículo 29. Se deroga.
- Artículo 30. Se deroga.
- Artículo 31. Se deroga.
- Artículo 32. Se deroga.
- Artículo 33. Se deroga.
- Artículo 34. Se deroga.
- Artículo 35. Se deroga.
- Artículo 36. Se deroga.
- Artículo 37. Se deroga.
- Artículo 38. Se deroga.
- Artículo 39. Se deroga.
- Artículo 40. Se deroga.
- Artículo 41. Se deroga.
- Artículo 42. Se deroga.
- Artículo 43. Se deroga.
- Artículo 44. Se deroga.
- Artículo 45. En caso de que el Instituto no se encuentre en condiciones de hacer frente a...
- Artículo 46. Cuando se presente una situación de emergencia que afecte la solvencia de...
- Artículo 47. De conformidad con lo establecido en el artículo 74, fracción IV de la...
- Artículo 48. Los financiamientos y los recursos autorizados en el Presupuesto de Egresos...
- Artículo 49. Se deroga.
- Artículo 50. Se deroga
- Artículo 51. Se deroga.
- Artículo 52. Se deroga.
- Artículo 53. Se deroga.
- Artículo 54. Se deroga.
- Artículo 55. Se deroga.
- Artículo 56. Se deroga.
- Artículo 57. Se deroga.
- Artículo 58. Se deroga
- Artículo 59. Los Bienes, independientemente de su naturaleza y características, no se...
- Artículo 60. No computarán las inversiones que realice el Instituto en las...
- Artículo 61. Se deroga
- Artículo 62. Se deroga
- Artículo 63. Se deroga
- Artículo 64. Se deroga
- Artículo 64 Bis. Se deroga
- Artículo 65. Una vez hechas las enajenaciones, el otorgamiento del uso a título gratuito o...
- Artículo 66. El Instituto deberá enviar anualmente al Ejecutivo Federal, con el...
- Artículo 67. El Instituto tiene por objeto: I. Proporcionar a las Instituciones, en...
- Artículo 68. Para la consecución de su objeto, el Instituto tendrá las atribuciones...
- Artículo 69. El patrimonio del Instituto se forma por: I. Las cuotas que cubran las...
- Artículo 70. El Secretario Ejecutivo hará llegar oportunamente al Ejecutivo Federal por...
- Artículo 71. El ejercicio financiero del Instituto comenzará el 1o. de enero y terminará...
- Artículo 72. Al Instituto le serán aplicables los artículos 68, 86, y 100 de la Ley de...
- Artículo 73. El Instituto podrá realizar las gestiones necesarias para convenir la...
- Artículo 74. El gobierno y administración del Instituto están a cargo de una Junta de...
- Artículo 75. La Junta de Gobierno estará integrada, observando el principio de paridad de...
- Artículo 76. Los cuatro vocales a que se refiere el artículo anterior, serán designados...
- Artículo 77. La vacante que se produzca en un cargo de vocal será cubierta por la persona...
- Artículo 78. Los vocales aprobados por la Cámara de Senadores o la Comisión Permanente a...
- Artículo 79. Los vocales anteriormente señalados tendrán el carácter de servidores...
- Artículo 80. La Junta de Gobierno tiene las facultades siguientes: I.Resolver sobre...
- Artículo 81. Las sesiones de la Junta de Gobierno se celebrarán bimestralmente, y de...
- Artículo 82. La Junta de Gobierno será presidida por el Secretario de Hacienda y...
- Artículo 83. Para ser Secretario Ejecutivo se deberá cumplir con los requisitos del 78,...
- Artículo 84. El Secretario Ejecutivo tendrá las siguientes atribuciones: I....
- Artículo 85. El Secretario Ejecutivo será auxiliado por los servidores públicos que al...
- Artículo 86. Las relaciones de trabajo entre el Instituto y sus servidores públicos se...
- Artículo 87. El Secretario Ejecutivo, los vocales aprobados por el Senado, y los...
- Artículo 88. Cualquiera de las Cámaras, podrán citar a comparecer al Secretario Ejecutivo...
- Artículo 89. El Ejecutivo Federal, a través de la dependencia competente,...
- Artículo 90. Son infracciones de las Instituciones a esta Ley: I.No proporcionar al...
- Artículo 91. El Instituto impondrá las siguientes sanciones por las infracciones...
- Artículo 92. Para la imposición de las sanciones previstas en esta Ley se deberá seguir el...
- Artículo 93. Los afectados con motivo de la imposición de sanciones administrativas por...
- Artículo 94. Para tutelar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública...
Otras regulaciones
Ley que Crea la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea Ley de Amnistía Ley Sobre la Celebración de Tratados Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad CivilMejores juristas





agravantes del articulo 245 codigo penal de baja california norte
Es enserio que cree que hiciste eso? Estudiaste alguna ingeniería o tienes conocimientos en informática para al menos llegar a pensar que puedes hacerlo?. Tu servicio es hacer tatuajes y lavar coches, nada que ver con lo que la persona dice
Tengo un problema con un sujeto que está divulgando que jaque sus cuentas de Google y bancarias donde me ve me grita cosas como ratero y jjakeador de cuentas eso me ah estado provocando bajas en mi negocio y que la gente vecina ya no solicite mis servicios como tatuador y lava coches . Que puedo yo hacer con este señor ? ya no se que hacer cada vez es menos los ingresos y la gente me tacha de lo peor
cuando el usufructario fallece, su derecho se extingue. entonces , su derecho de uso y disfrute pasa al nudo propietario. es decir , el derecho de usufructo no se puede heredar.
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