Ley de Tesorería de la Federación Artículo 26 México
Ley de Tesorería de la Federación
Artículo 26.
La administración de los recursos de la propiedad del Gobierno Federal a cargo de la Tesorería se realizará por la misma en términos que establezca el Reglamento.Para llevar a cabo la administración de los recursos a que se refiere este artículo, la Tesorería tendrá a su cargo la integración de las proyecciones de los flujos de efectivo del Gobierno Federal, con base en la información de ingresos, egresos y deuda que le proporcionen las unidades administrativas competentes de la Secretaría, así como las Dependencias y Entidades, en las fechas que se requiera.
México Artículo 26 Ley de Tesorería de la Federación
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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