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Ley del Mercado de Valores Artículo 3


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/06/2025

Ley del Mercado de Valores
Artículo 3.

Las sociedades anónimas bursátiles estarán obligadas a proveer lo necesario a efecto de que las personas morales que controlen realicen los actos conducentes para que se cumpla con lo dispuesto, en los artículos 28, fracciones I a III, V y VII, 31, 44, primer párrafo y fracciones I, III a V, XII y XIII, 47 y 104 a 106 de esta Ley. Sin perjuicio de que se adopten por las sociedades anónimas bursátiles las resoluciones, determinaciones y solicitudes de información a que se refieren dichos artículos, para su implementación deberán observarse las formalidades que se requieran en los órganos sociales competentes de las personas morales que controlen, sujetándose a las leyes y demás disposiciones aplicables que rijan a éstas últimas, incluso tratándose de sociedades extranjeras.

Las sociedades anónimas bursátiles y las personas morales que éstas controlen, se considerarán como una misma unidad económica para efectos de revelación de información, contabilidad y celebración de las operaciones a que hacen referencia los artículos 28, fracción III y 47 de esta Ley, sin perjuicio de las obligaciones que otras leyes impongan a las citadas personas morales.

Tratándose de personas morales que sean controladas por sociedades anónimas bursátiles controladas a su vez por otra sociedad anónima bursátil, el cumplimiento de las obligaciones previstas en esta Ley respecto de dichas personas morales, corresponderá a la sociedad anónima bursátil que directamente las controle.

Las obligaciones que esta Ley impone a los órganos sociales de las sociedades anónimas bursátiles respecto de las personas morales que controlen, no serán aplicables cuando estas últimas sean también sociedades anónimas bursátiles.

Artículo 3 Ley del Mercado de Valores
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


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