Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria Artículo 73 Federal de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/12/2024
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria Federal
Artículo 73.
Cuando algún servidor público fallezca y tuviere cuando menos una antigüedad en el servicio de seis meses, los familiares o quienes hayan vivido con él en la fecha del fallecimiento y se hagan cargo de los gastos de inhumación, recibirán hasta el importe de cuatro meses de las percepciones ordinarias que estuviere percibiendo en esa fecha.
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Los comentarios de los usuarios
Irene Guijarro Padilla
11/07/20 12:59:09
Si pague los gastos pero yo no vivia con el ya que es mi papá y yo soy adulta y el ya vivia solo no aplica el pago de los gastos funerarios?
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