LFT Artículo 24 Federal de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2021
Ley Federal del Trabajo Federal
Artículo 24.
Las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no existan contratos colectivos aplicables. Se harán dos ejemplares, por lo menos, de los cuales quedará uno en poder de cada parte.
Federal de México Artículo 24 Ley Federal del Trabajo
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
16/11/20 18:34:24
Buenas. Yo tengo una plaza donde no trabajo dias festivos, ahora me dicen q debo trabajarlos ya q me movieron a un puesto donde se debe d trabaja en tales dias y q modificaran mi plaza para q me presente en dichos dias. Esto se puede realizar?
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