LFT Artículo 346 Federal de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/12/2024
Ley Federal del Trabajo Federal
Artículo 346.
Las propinas son parte del salario de los trabajadores a que se refiere este capítulo en los términos del artículo 347.Los patrones no podrán reservarse ni tener participación alguna en ellas.
Federal de México Artículo 346 Ley Federal del Trabajo
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Los comentarios de los usuarios
Yaz Valdez
21/05/21 22:10:02
Hola en el palacio de hierro quieren q las propinas ya sean como política, está biennq lo manejen así?
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