LFT Artículo 434 Federal de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024
Ley Federal del Trabajo Federal
Artículo 434.
Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:I. La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patrón, o su incapacidad física o mental o su muerte, que produzca como consecuencia necesaria, inmediata y directa, la terminación de los trabajos;
II. La incosteabilidad notoria y manifiesta de la explotación;
III. El agotamiento de la materia objeto de una industria extractiva;
IV. Los casos del artículo 38; y
V. El concurso o la quiebra legalmente declarado, si la autoridad competente o los acreedores resuelven el cierre definitivo de la empresa o la reducción definitiva de sus trabajos.
Federal de México Artículo 434 Ley Federal del Trabajo
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
13/07/22 20:59:06
Buena noche, qué artículo de la Ley federal del trabajo señala el tiempo con que se debe de notificar al trabajador que su contrato ya no será renovado y que tiempo es el que marca la ley para hacer del conocimiento del trabajador está situación. Gracias
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