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Ley Federal Sobre Metrología y Normalización Artículo 36 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley Federal Sobre Metrología y Normalización Federal
Artículo 36.

Las designaciones del Director General y del personal técnico de confianza deberán recaer en profesionales del área de ciencias o de ingeniería con reconocida experiencia en materia de metrología. Las designaciones respectivas se harán con base en los resultados de la evaluación de dichos profesionales. Las promociones se efectuarán sobre la base de la evaluación del desempeño, conforme al reglamento que apruebe el Consejo Directivo para este fin.

El personal del Centro Nacional de Metrología estará incorporado al régimen de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado y sus relaciones con el Centro se regirán por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Aparato B) del Artículo 123 Constitucional.

Federal de México Artículo 36 Ley Federal Sobre Metrología y Normalización
Artículo 1o ...34 35 36 37 38 ...127

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