Ley General de Cultura Física y Deporte Artículo 145 Federal de México
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/11/2024
Ley General de Cultura Física y Deporte Federal
Artículo 145.
La aplicación de sanciones administrativas por infracciones a esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones que de ella emanen, corresponde a la CONADE.
Federal de México Artículo 145 Ley General de Cultura Física y Deporte
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