Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (Ley General de Movilidad y Seguridad Vial) Federal de México
Ley General de Movilidad y Seguridad Vial Federal de México
- Artículo 1. La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general...
- Artículo 2. Esta Ley se interpretará de conformidad con la Constitución Política de los...
- Artículo 3. Glosario. Para efectos de esta Ley, se entenderá por:...
- Artículo 4. Principios de movilidad y seguridad vial. La Administración Pública...
- Artículo 5. Enfoque Sistémico y de Sistemas seguros. Las medidas que deriven de la...
- Artículo 6. Jerarquía de la movilidad. La planeación, diseño e implementación de las...
- Artículo 7. Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial. El Sistema Nacional de...
- Artículo 8. De la política nacional. La política nacional de movilidad y seguridad vial...
- Artículo 9. La movilidad es el derecho de toda persona a trasladarse y a disponer de un...
- Artículo 10. El derecho a la movilidad permite que las personas puedan elegir libremente...
- Artículo 11. De la seguridad vial. La seguridad vial es el conjunto de medidas, normas,...
- Artículo 12. El sistema de movilidad debe contar con las condiciones necesarias que...
- Artículo 13. De la accesibilidad. Las autoridades competentes en el ámbito de sus...
- Artículo 14. Las leyes y reglamentos en la materia contendrán las previsiones necesarias...
- Artículo 15. De la eficiencia. Las autoridades deben, en todo tiempo, maximizar los...
- Artículo 16. De la sostenibilidad. Las autoridades, en sus ámbitos de competencia,...
- Artículo 17. Las políticas en materia de movilidad deberán fomentar la resiliencia de las...
- Artículo 18. Las políticas en materia de movilidad que se determinen por las autoridades...
- Artículo 19. De la calidad. Toda persona tiene derecho a buscar y acceder a información...
- Artículo 20. El sistema de movilidad deberá ofrecer múltiples opciones de servicios y...
- Artículo 21. De la inclusión e igualdad. El sistema de movilidad debe ser igualitario,...
- Artículo 22. Para cumplir con lo anterior, las autoridades competentes deberán diseñar y...
- Artículo 23. Derechos de las víctimas de siniestros de tránsito y sus familiares. En...
- Artículo 24. Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial. La Estrategia Nacional...
- Artículo 25. Formulación de la Estrategia Nacional de Movilidad y Seguridad Vial. Para...
- Artículo 26. Visión a largo plazo de la Estrategia Nacional. La Estrategia Nacional...
- Artículo 27. Indicadores y Bases de Datos de Movilidad y Seguridad Vial contenidas en el...
- Artículo 28. Integración de Indicadores y Bases de Datos de Movilidad y Seguridad Vial....
- Artículo 29. Bases de Datos sobre Movilidad y Seguridad Vial. La Federación y las...
- Artículo 30. Reporte de los Indicadores y Bases de Datos de las entidades federativas al...
- Artículo 31. Criterios de Movilidad y Seguridad Vial. La Federación, las entidades...
- Artículo 32. Movilidad con perspectiva de género. En la planeación y diseño de la...
- Artículo 33. De los instrumentos para la Infraestructura de Movilidad y Seguridad Vial....
- Artículo 34. Diseño de la red vial. Las autoridades competentes del diseño de la red...
- Artículo 35. Criterios para el diseño de infraestructura vial. La Federación, las...
- Artículo 36. De la Infraestructura Vial. La infraestructura vial urbana, rural y...
- Artículo 37. Estándares para la construcción de infraestructura vial. Toda obra en la...
- Artículo 38. Auditorías e inspecciones de infraestructura y seguridad vial. Las...
- Artículo 39. Espacios públicos de diseño universal. La Federación, las entidades...
- Artículo 40. Espacios para personas peatonas y vehículos no motorizados. A fin de...
- Artículo 41. De los estudios técnicos. La Federación, las entidades federativas, los...
- Artículo 42. Sistemas integrados de modalidades de transporte. Los servicios de...
- Artículo 43. Del servicio de transporte público. El servicio público de tránsito es la...
- Artículo 44. Control de los servicios de transporte. Cada autoridad en materia de...
- Artículo 45. Instrumentos de control de operación del transporte. Para una adecuada...
- Artículo 46. De la información del transporte. Las autoridades competentes de los tres...
- Artículo 47. Modernización del parque vehicular. A efecto de mejorar la calidad...
- Artículo 48. Modalidades a la circulación de vehículos. Las autoridades competentes...
- Artículo 49. Medidas mínimas de tránsito. La Federación, las entidades federativas y los...
- Artículo 50. Dispositivos de diseño, control y seguridad del tránsito. Las autoridades...
- Artículo 51. De la acreditación y obtención de licencias y permisos de conducir. La...
- Artículo 52. Regulación para la emisión de acreditación y obtención de licencias y...
- Artículo 53. Del registro e información de la atención médica prehospitalaria. Las...
- Artículo 54. De los estándares de vehículos nuevos. Los vehículos nuevos que se...
- Artículo 55. Gestión de la demanda de movilidad. La gestión de la demanda de movilidad...
- Artículo 56. Zonas y tramos de vía de gestión de la demanda de movilidad. Las zonas de...
- Artículo 57. Instrumentos económicos y financieros en materia de movilidad y seguridad...
- Artículo 58. Impacto a la movilidad y a la seguridad vial. La Federación, las entidades...
- Artículo 59. Instrumentos de financiamiento. Serán instrumentos de financiamiento...
- Artículo 60. Priorización de las acciones y recursos en materia de movilidad y seguridad...
- Artículo 61. Programas federales de inversión. Las dependencias y entidades de la...
- Artículo 62. De la sensibilización, educación y formación. La Federación, las entidades...
- Artículo 63. De la sensibilización. La sensibilización en materia de movilidad y...
- Artículo 64. De la educación. La educación en materia de movilidad y seguridad vial...
- Artículo 65. De la formación. La formación en materia de movilidad y seguridad vial...
- Artículo 66. De la Federación. Corresponde a la Federación, en las respectivas...
- Artículo 67. De las Entidades Federativas. Corresponde a las entidades federativas:...
- Artículo 68. De los municipios. Corresponde a los municipios las siguientes...
- Artículo 69. De las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México. Corresponde a...
- Artículo 70. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. Corresponden a la...
- Artículo 71. Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes. Corresponden...
- Artículo 72. Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. Corresponden a la...
- Artículo 73. Secretaría de Salud. Corresponden a la Secretaría de Salud, a través del...
- Artículo 74. Mecanismos de coordinación y colaboración. Las atribuciones en materia de...
- Artículo 75. Convenios de coordinación metropolitanos. En el caso de las zonas...
- Artículo 76. Convenios de coordinación metropolitanos interestatales e intermunicipales....
- Artículo 77. Naturaleza de los convenios de coordinación metropolitanos. Los convenios...
- Artículo 78. Observatorios Ciudadanos de Movilidad y Seguridad Vial. La Federación, las...
- Artículo 79. A fin de garantizar la participación efectiva de la sociedad, las leyes de...
- Artículo 80. Las autoridades correspondientes deberán proporcionar a los Observatorios la...
- Artículo 81. Los Observatorios podrán llevar a cabo, de manera conjunta con los institutos...
- Artículo 82. Las entidades federativas establecerán las regulaciones específicas a que se...
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con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
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