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Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables Artículo 108 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables Federal
Artículo 108.

Las Entidades Federativas, se coordinarán con la Secretaría, con el objeto de:

I. Organizar, apoyar y supervisar el funcionamiento de los Organismos Auxiliares;

II. Inducir el cumplimiento de las disposiciones legales y las medidas de seguridad de sanidad acuícola establecidas;

III. Difundir permanentemente la información y conocimientos sobre sanidad acuícola, y

IV. Realizar acciones de saneamiento acuícola.

CAPÍTULO II
DE LAS MEDIDAS SANITARIAS

Federal de México Artículo 108 Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables
Artículo 1o ...106 107 108 109 110 ...152

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En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??


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