Imprimir

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Artículo 209


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/01/2026

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo 209.

Ante incumplimientos en materia de transparencia y acceso a la información por parte de los partidos políticos, el Instituto u organismo garante competente dará vista, según corresponda, al Instituto Nacional Electoral o a los organismos públicos locales electorales de las Entidades Federativas competentes, para que resuelvan lo conducente, sin perjuicio de las sanciones establecidas para los partidos políticos en las leyes aplicables.

En el caso de probables infracciones relacionadas con fideicomisos o fondos públicos, sindicatos o personas físicas o morales que reciban y ejerzan recursos públicos o realicen actos de autoridad, el Instituto u organismo garante competente deberá dar vista al órgano interno de control del sujeto obligado relacionado con éstos, cuando sean Servidores Públicos, con el fin de que instrumenten los procedimientos administrativos a que haya lugar.

Artículo 209 Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Artículo 1 ...207 208 209 210 211 ...216

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es


quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69


Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?


Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes


Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de  2025, que ha sustituido a la anterior.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse