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Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Artículo 73 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Federal
Artículo 73.

Además de lo señalado en el artículo 70 de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Judiciales Federal y de las Entidades Federativas deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:

I.Las tesis y ejecutorias publicadas en el Semanario Judicial de la Federación o en la Gaceta respectiva de cada tribunal administrativo, incluyendo, tesis jurisprudenciales y aisladas;

II.Las versiones públicas de todas las sentencias emitidas;

III.Las versiones estenográficas de las sesiones públicas;

IV.La relacionada con los procesos por medio de los cuales fueron designados los jueces y magistrados, y

V.La lista de acuerdos que diariamente se publiquen.

 


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