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Ley Orgánica de la Armada de México Artículo 21 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley Orgánica de la Armada de México Federal
Artículo 21.

Las Bases Aeronavales son las responsables ante el Mando Naval correspondiente de la planeación, ejecución y supervisión de las operaciones aeronavales, así como del apoyo logístico de las aeronaves asignadas a las Fuerzas, Regiones, Cuartel General y Zonas Navales.

Podrán tener adscritos Centros de Mantenimiento Aeronaval y Escuadrones Aeronavales de acuerdo con los requerimientos operativos, como lo determine el Alto Mando.

Los Comandantes serán de la Categoría de Almirante y están subordinados al Mando Naval correspondiente.

Federal de México Artículo 21 Ley Orgánica de la Armada de México
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