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Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículo 38 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Federal
Artículo 38.

El Oficial Secretario será responsable de dar fe de la legalidad de los actos que practique el Ministerio Público, suplirlo legalmente en sus ausencias; auxiliar al Representante Social en sus labores, recibir los escritos y anexos que se le entreguen, asentando la razón autorizada con su firma, del día y hora de su recepción y dar cuenta de ello a su superior, redactar los acuerdos respectivos derivados de las promociones que le sean presentadas, asentar las certificaciones, constancias y demás razones, así como sellar, foliar y rubricar los expedientes y de las comisiones específicas que se le encomienden.



Federal de México Artículo 38 Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
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