Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos Artículo 130 Federal de México
Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos Federal
Artículo 130.
Para el cumplimiento de las misiones conjuntas con la Armada de México, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2/o. de esta Ley, así como para todos los efectos disciplinarios, la equivalencia jerárquica del personal del Ejército y Fuerza Aérea con el de la citada institución es la siguiente:EJERCITO Y FUERZA AEREA
ARMADA
I. Generales:
General de División
Almirante
General de Brigada o
General de Ala
Vicealmirante
General Brigadier o
General de Grupo
Contraalmirante
II. Jefes:
Coronel
Teniente Coronel
Mayor
Capitán de Navío
Capitán de Fragata
Capitán de Corbeta
III. Oficiales.
Capitán Primero
Capitán Segundo
Teniente
Subteniente
Teniente de Navío
Teniente de Fragata
Teniente de Corbeta
Guardiamarina
1/er. Contramaestre
1/er. Condestable
1/er. Maestre
IV.Tropa:
A. Clases.
Sargento Primero
2/o Contramaestre
2/o. Condestable
2/o. Maestre
Sargento Segundo
3/er. Contramaestre
3/er. Condestable
3/er. Maestre
Cabo
Cabo (en sus especialidades)
B. Soldado
Marinero
Federal de México Artículo 130 Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
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concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
.......... :)
hola, buenas tardes pero que pasaría si me muero... a quien se le pasa el cargo ?
no pueden nombrarse como herederas, a menos de que usted fallezca y heredarían por estirpe.
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