Imprimir

Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos Artículo 34 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos Federal
Artículo 34.

Los Mandos Superiores Operativos recaerán en:

I.La persona Comandante del Ejército;

II.La persona Comandante de la Fuerza Aérea;

III.Las personas Comandantes de Regiones Militares o Aéreas;

IV.Las personas Comandantes de Zonas Militares;

IV BIS.Las personas Comandantes de Bases Aéreas Militares;

V.Las personas Comandantes de las Grandes Unidades Terrestres o Aéreas;

VI.Las personas Comandantes de las Unidades conjuntas o combinadas, y

VII.Las personas Comandantes de las Unidades Circunstanciales que el Alto Mando determine implementar.

Federal de México Artículo 34 Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 1 ...32 TER 33 34 35 36 ...208

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse