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Ley Sobre el Contrato de Seguro Artículo 159 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/11/2024

Ley Sobre el Contrato de Seguro Federal
Artículo 159.

Cuando el certificado de seguro de caución no tenga aparejada ejecución, la reclamación de la indemnización se presumirá procedente, salvo prueba en contrario, si la aseguradora no la objeta debidamente justificada y fundada dentro de los treinta días naturales posteriores a la fecha en que la reciba junto con los comprobantes acordados para hacer exigible la indemnización.

Federal de México Artículo 159 Ley Sobre el Contrato de Seguro
Artículo 1 ...157 158 159 160 161 ...207

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


asesoria para divorcio necesario. gracias


pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?


alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42


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