Ordenanza General de la Armada Artículo 495
Ordenanza General de la Armada
Artículo 495.
Tendrá indispensablemente los libros que siguen:Ordenanza General de la Armada.
Ordenanza General del Ejército.
Derecho Internacional Marítimo.
Leyes de Organización y Competencia, Procedimientos y Penal Militar.
Tratado de Matemáticas Elementales y Aplicadas.
Tratado de Construcción Naval.
Tratado de Máquinas de Vapor.
Tratado de Navegación.
Tratado de Astronomía Náutica.
Tratado de Maniobra.
Tratado de Artillería.
Tratado de Táctica Naval.
Reglamento de Maniobras de Infantería, y los textos de las demás materias que hubiere cursado en la Escuela Naval.
Un derrotero de las costas por donde navegue el buque en que estuviere embarcado, y los instrumentos siguientes:
Sextante.
Horizonte artificial.
Un reloj de bolsa.
Unos gemelos.
Una caja de compases.
La falta de estos libros e instrumentos en las inspecciones deberá ser anotada por los Oficiales superiores como una señal de desaplicación y poco celo en el servicio.
Artículo 495 Ordenanza General de la Armada
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Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de 2025, que ha sustituido a la anterior.
Esto es lo que dice en la nueva reforma mencionada-
Sección IV
Modelos e instancias de coordinación
Artículo 42. El mando único es el modelo de coordinación policial en el que se centralizan, dentro de una entidad federativa, las labores de seguridad pública en una sola institución, tanto en lo operativo como en lo administrativo. El mando único se establecerá cuando el municipio no cuente con policía; cuando así lo determine el Consejo Nacional o el consejo local de la entidad federativa o cuando así lo solicite el municipio. En cualquiera de estos supuestos, la implementación del mando único deberá garantizar:
I. La continuidad de la prestación del servicio de seguridad pública en el ámbito municipal;
II. La transparencia y la rendición de cuentas en la gestión y aplicación de los Fondos de Ayuda Federal destinados a los municipios, y III. La formalización de instrumentos que definan las funcion
III. La formalización de instrumentos que definan las funciones operativas, administrativas y financieras, así como los mecanismos de supervisión y evaluación.
EL articulo anterior de la ley general del sistema nacional de seguridad publica
Artículo 42
El documento de identificación de los integrantes de las instituciones Seguridad Pública deberá contener al menos nombre, cargo, fotografía, huella digital y clave de inscripción en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública, así como, las medidas de seguridad que garanticen su autenticidad.
Todo servidor público tiene la obligación de identificarse salvo los casos previstos en la ley, a fin de que el ciudadano se cerciore de que cuenta con el registro correspondiente.
AYUDA AHORA QUE ARTICULO ES EL EFECTIVO PARA QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS SE IDENTIFIQUEN ?
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