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Ordenanza General de la Armada Artículo 568 México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 07/07/2026

Ordenanza General de la Armada
Artículo 568.

Los documentos que deberá entregar cada mes al Oficial del Detall para ser remitidos por el Comandante a la Secretaría de Guerra y Marina, serán:

I. Estado de cronómetros y perturbaciones de la aguja magistral.

II. Relación de consumos y adquisiciones.

Cada vez que rinda viaje:

I. Estado de navegación.

Cada año:

I. Estado general de las navegaciones efectuadas.

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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