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Nombre: Omar Octavio

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Está en el sitio desde: 10/10/20
Los comentarios de los usuarios

ARTICULO 21 CPEUM, 251 CNPP, 267 son facultades de los policías para la prevención e investigación de los delitos. como ciudadano tienes la obligación de cooperar con las fuerzas municipales, estatales y federales ya que es para la prevención e investigación de los delitos. y además no es el 18... es el articulo 16

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