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Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Artículo 105 Estado de Oaxaca


Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Oaxaca
Artículo 105.

La Dirección Ejecutiva de Usos y Costumbres tiene las siguientes atribuciones:

a)Elaborar el Catálogo de los Municipios que electoralmente se rigen por normas de derecho consuetudinario, para someterlo a la aprobación del Consejo General;

b)Elaborar los formatos de la documentación electoral que se utilizarán en las elecciones municipales por usos y costumbres;

c)Proporcionar asesoría a las autoridades municipales, encargadas de la renovación del Ayuntamiento, relacionada con la documentación de sus asambleas comunitarias;

d)Recabar la documentación necesaria e integrar los expedientes de la elección a fin de que el Consejo General tome la determinación que corresponda;

e)Llevar la estadística de las autoridades electas por usos y costumbres; y

f)Las demás que le confiera este Código



Estado de Oaxaca Artículo 105 Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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