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Código de Justicia Para Adolescentes Artículo 206 Estado de Puebla


Código de Justicia Para Adolescentes Puebla
Artículo 206.

Corresponde a la Secretaría General de Gobierno y a la Secretaría de Seguridad Pública, en el ámbito de sus competencias, en lo que se refiere a este Libro, las siguientes atribuciones:

I.- Organizar, supervisar y evaluar el funcionamiento de los Centros de Internamiento Especializado, así como ejercer la vigilancia y el control de los internos, de conformidad con las disposiciones del presente Código y los lineamientos que establezca el Gobernador del Estado, pudiendo proponer a éste los programas y acciones que estime necesarios;

II.- Dirigir, controlar y promover la adaptación de los internos para su integración social, en términos de las disposiciones y políticas aplicables;

III.- Establecer, coordinar y supervisar las políticas de trabajo, educación,

capacitación, administración y seguridad en los Centros de Internamiento Especializados y la relación con las instancias correspondientes;

IV.- Celebrar convenios, contratos y acuerdos en materia de trabajo, educación, capacitación, adiestramiento y otros fines relacionados con la reinserción de los internos, que se dirijan tanto al personal de la propia dependencia, como de la población interna;

V.- Coordinarse en materia de salud, con autoridades de ese sector, públicas y privadas, para la atención médica, la prestación de servicios hospitalarios, la capacitación del personal médico adscrito a los Centros de Internamiento Especializados, la prevención y control de enfermedades, la promoción de la salud, el control sanitario y ambiental y la salud reproductiva;

VI.- Establecer los criterios de selección, capacitación, evaluación y promoción del personal que preste sus servicios en los Centros de Internamiento Especializados; y

VII.- Las demás que las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios y otros instrumentos le atribuyan directamente, así como aquéllas que le asignen sus superiores jerárquicos.



Estado de Puebla Artículo 206 Código de Justicia Para Adolescentes
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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