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Código de Organización del Poder Judicial Artículo 261 Estado de Chiapas


Código de Organización del Poder Judicial Chiapas
Artículo 261.

El Pleno del Tribunal del Trabajo Burocrático, es el órgano supremo de éste y, tiene como atribuciones las siguientes:

I. Expedir su Reglamento Interior;

II. Unificar los criterios de Sala para evitar contradicciones;

III. Conocer y resolver sobre los conflictos colectivos que se susciten entre las entidades públicas;

IV. Otorgar o negar el registro de los sindicatos y, en su caso, decretar su cancelación;

V. Efectuar el registro de las condiciones generales de trabajo, reglamentos de escalafón, reglamentos de seguridad e higiene, los estatutos sindicales y los reglamentos interiores de cada sindicato;

VI. Acordar y proponer la creación de nuevas Salas al Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, en atención a los requerimientos de trabajo y de conformidad con su presupuesto;

VII. Conocer de los conflictos colectivos que surjan entre las entidades públicas citadas en el párrafo anterior y los trabajadores a su servicio, con excepción de las que pertenezcan al Poder Judicial del Estado;

VIII. Conocer de los conflictos sindicales e intersindicales, con excepción de los que correspondan al Poder Judicial del Estado;

IX. Acordar el cambio de adscripción del personal;

X. Establecer el calendario de labores del Tribunal, procurando hacerlo coincidir con el del Consejo de la Judicatura;

XI. Asignar a los Magistrados a cada una de las Salas del Tribunal, y

XII. Las demás que determinen la Ley de la materia y su Reglamento Interior.



Estado de Chiapas Artículo 261 Código de Organización del Poder Judicial
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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